El CDT (Certificado de Deposito a Término) es un titulo valor que emite un banco a un cliente que ha hecho un depósito de dinero con el propósito de constituir el CDT. Producto dirigido a ahorradores o inversionistas, clientes o no del Banco que no requieren liquidez inmediata, a través del cual pueden invertir su dinero o recursos de capital, obteniendo un rendimiento durante un plazo previamente convenido.
El CDT tiene las siguientes características:
Constitución del CDT
Se determina en días calendario y puede expedirse a partir de 30 días.
Titular: Personas naturales o jurídicas.
Monto mínimo: $1’000.000.
Plazo mínimo: 30 días.
Pago de intereses
Según lo pactado, puede ser mensual, bimestral, trimestral, semestral ó anual.
Se pactan en términos de tasa de interés anual y modalidad vencida.
El cheque del pago se emite a favor de todos los beneficiarios conjuntos.
Cancelación
Al vencimiento del título, el CDT puede:
Cancelarse.
Prorrogarse:
- Por voluntad del cliente.
- Automáticamente por parte del Banco si no se solicita la cancelación el día del vencimiento.
El título se prorroga al mismo plazo pactado inicialmente y con la tasa vigente a la fecha de prórroga.
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